Elección de plazas y segunda convocatoria
Aprobar el examen no termina el concurso: falta elegir la plaza. Las reglas de ese acto, y de la segunda convocatoria para las vacantes, están en el reglamento (Resolución S.G. N.º 885/2025, artículos 68 a 79) y se concretaron en 2026 en las circulares CONAREM 007, 008 y 009. Este artículo las resume.
La elección de plaza
- Orden de mérito. Quienes superan el mínimo eligen especialidad y sede por orden de puntaje final, de mayor a menor, hasta llenar las vacantes. Se hace en un acto único y es indispensable estar presente, con la cédula de identidad civil vigente o el documento de portación obligatoria en versión digital. No se aceptan intermediarios ni representantes, salvo situaciones excepcionales que la Comisión de Selección estudie y apruebe.
- La elección es definitiva. No se permiten cambios de sede, de especialidad troncal ni de especialidad derivada o subespecialidad.
- Documentos en papel en el mismo acto (ver Requisitos y documentos para postular).
Lo que hay que hacer el día siguiente
Algunas obligaciones corren desde el día hábil siguiente a elegir plaza, y el incumplimiento hace perder la plaza:
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Residentes troncales: el cargo es de dedicación exclusiva. Quien tiene otro vínculo laboral debe presentar la constancia de renuncia o de permiso, el siguiente día hábil de haber elegido:
- con un contrato con otro ente del Estado: constancia de renuncia a ese contrato;
- con un vínculo permanente con otro ente del Estado: constancia del pedido de permiso sin goce de sueldo durante la residencia;
- con vínculo con las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional: constancia del pedido de permiso o comisionamiento.
La constancia se gestiona ante la institución donde se trabaja y se envía copia digital, con fecha y hora de presentación, a la mesa de entrada del INS.
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Subespecialidades: se puede tener una actividad asistencial remunerada adicional de hasta 24 horas, siempre que no se superponga con el horario de la residencia, y hay que presentar el certificado de trabajo original el siguiente día hábil.
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Título y registro: quienes accedieron al concurso con la constancia de título de especialidad troncal deben presentar al INS una copia autenticada por escribanía del título de médico legalizado y registrado, y del registro profesional vigente. El plazo es el primer mes de residencia si eligieron en la primera convocatoria, o el acto de elección en las siguientes.
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Limitaciones médicas: si el certificado médico (Formato C) consigna una limitación, solo se pueden elegir plazas acordes con ella. Elegir una incompatible hace perder la plaza, que pasa a la segunda distribución.
La segunda convocatoria
Sirve para las plazas vacantes por renuncia o exclusión de residentes dentro del primer mes, y para las que no se eligieron en la primera convocatoria.
- Quién participa: los postulantes que no eligieron plaza en la primera y alcanzaron al menos el 60 % del puntaje total. La adjudicación respeta estrictamente el orden de mérito.
- No se pueden crear plazas: no se modifica la cantidad ofertada, no se reorganizan las plazas ni se agregan nuevas.
- Plazo: se realiza dentro de los tres días hábiles posteriores al cierre de recepción de renuncias.
- Después de la segunda convocatoria no hay nuevas asignaciones durante el año académico. La Comisión de Selección solo puede autorizar, en casos excepcionales y justificados, otra convocatoria limitada a especialidades de necesidad relevante o crítica para el sistema de salud.
- Publicación: la cantidad de plazas y el listado de habilitados se publican en los canales oficiales.
Cómo fue en 2026
| Fecha (2026) | Qué ocurrió |
|---|---|
| 21/03 | Elección de plazas, primera convocatoria, especialidades troncales (cronograma 2026) |
| 07/05, 09:00 | Segunda convocatoria de especialidades troncales, en el Instituto Nacional de Salud (circular 007/2026) |
| 08/05, 09:00 | Segunda convocatoria de derivadas o subespecialidades (circular 008/2026) |
| 08/05, 14:00 | Tercera convocatoria de derivadas, para completar las vacantes: se convocó progresivamente a los admitidos que no accedieron a plaza, independientemente del puntaje obtenido (circular 008/2026) |
| 11/05 | Presentación en las unidades formadoras de quienes adjudicaron en el segundo llamado (circular 009/2026) |
Observá que la tercera convocatoria solo aparece para las derivadas en las circulares que consultamos, y que en ella no se exigió el 60 %. Que haya una tercera convocatoria en otra edición depende de la decisión de la Comisión.
Qué te sirve de esto
- Si no alcanzás una plaza en la primera vuelta pero superaste el 60 %, hay una segunda oportunidad, pero con las plazas que queden: lo que te interese puede ya no estar.
- Llevá el documento de identidad y los documentos físicos; nadie puede elegir por vos.
- Resolvé tus vínculos laborales antes del acto: el plazo para presentar renuncias o permisos es de un día hábil.
Fuentes
- Resolución S.G. N.º 885/2025, Reglamento General de Concurso CONAREM, capítulo VI (arts. 68 a 79), en la página de normativas del INS.
- Circulares CONAREM 007/2026, 008/2026 y 009/2026, en el portal del CONAREM.
Si el INS modifica el reglamento o las circulares, prevalece lo que publique el INS. Este artículo describe lo que consultamos en octubre de 2026.
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